Acta Comisión Políticas de Salud
En la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, a los 22 días del mes de Agosto de 2018 siendo las 14.00 horas, se reúnen en el CPE, de esta ciudad por parte del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, el Subsecretario de Asuntos Institucionales Sr Gabriel Belloso, la Coordinadora General del Departamento de Salud en la Escuela, Ana Lía Soriano y la Directora de Personal, Prof. Vanessa Rousiot; por la otra parte la representación sindical de la Unión Trabajadores y Trabajadoras de la Educación de Río Negro –UnTER, representado por la Secretaria General Prof. Patricia Cetera, la Secretaria de Salud en la Escuela, Prof. Claudia Asencio, la Secretaria de Prensa, Comunicación y Cultura Prof. María Inés Hernández y la Vocal Gremial Docente, Prof. Sandra Schieroni.----------------------------------------------------------------------
La presente reunión se efectiviza en función del acuerdo asumido desde el Ministerio de Educación y DD HH en acta del 8 de agosto del 2018 y para tratar los casos particulares de los compañeros/as que se encuentran con tratamientos médicos y/o licencias por motivos de salud y/o requieran readecuación de tareas.
La gremial reafirma que se observe la inconsistencia entre los dictámenes de Junta Médica con Salud Laboral y las disposiciones emitidas por las distintas Coordinaciones Escolares, sosteniendo que tal lo prevé la normativa, los/ las compañeros/as tienen el derecho de acceder a tareas readecuadas cuando sus condiciones de salud le impidan continuar con sus tareas habituales . En tal sentido el C.P.E deberá atender la indicación de la Junta Médica -cuyo dictamen resulta vinculante para el CPE- y considerar las nuevas aptitudes de salud del docente y asignándole tareas acordes a sus limitaciones -adecuadas-.Ratificamos la plena vigencia en todos sus términos de la resolución Nº 233/98, acuerdo paritario homologado y que ningún acuerdo homologado puede ser modificado unilateralmente. Reiteramos en este sentido que el CPE y la Dirección General de Educación no tienen competencias a los fines de reglamentar el artículo 6 de la Res. 233/98. -------------------------------------------------------------------
La gremial solicita la ratificación en este ámbito de la Nota N° 356/18 emitida desde la DGE, respuesta recibida vía mail , el día 17 de agosto de 2018 - Nota 224 - suscripta por el Subsecretario de Asuntos Institucionales del Ministerio de Educación y Derechos Humanos. En tal sentido, la gremial solicita se reafirme que se dejan sin efecto las fechas perentorias ordenadas mediante Nota 356/18 emitida desde la DGE. También solicita se reafirme que aquellos/as docentes que se encuentren en usufructo de Art. 6 con resolución emanada del C.P.E, no sufrirán cambios en su situación de revista. Por último que, en aquellos casos de docentes que se encuentren en uso de Art. 6 Res. 233/98, que no posean resolución del C.P.E otorgando tal franquicia, continuarán gozando de dicha licencia hasta que la Junta Médica, luego de evaluarlos, rectifique o ratifique esa situación, pudiendo recién con ese Dictamen Vinculante, el C.P.E dictar la respectiva resolución.-------------------------
El Ministerio sostiene en función de la solicitud de la Gremial que:
trabajará en estas supuestas inconsistencias. Que a raíz de ello se comenzó a analizar los casos de art., N°6. Los dictámenes médicos se expiden en base a saberes médicos y es el empleador (Ministerio de Educación y DD HH) quien le suma a ese saber médico el conocimiento de un médico laboral ,las normativas especificas de los puestos laborales y de las Direcciones de Educacion correspondiente para ver si el puesto laboral que esta en juego puede ser cubierto o no por la persona en cuestión. En este sentido se reitera que no toda incapacidad física es en detrimento de la capacidad laboral.
Los docentes que deban estar readecuados lo estarán y las tareas serán de acuerdo a sus limitaciones.
También ratifica la Resol. 233/98 pero interpreta que no toda restricción física restringe la capacidad laboral en el cargo para el que fue designado/a. Es ,en ese sentido en el que trabaja.
Entiende que si bien hoy mantiene controversias con la Gremial respecto del Art., 6 de la 233/98, manifiesta que se debe seguir trabajando para encontrar un punto común que contenga las demandas de las partes.
La gremial plantea la situación particular de docentes a quienes considera, no se les respetaron sus derechos, por la no aplicación de la Resolución 233/98 y solicita respuestas. Entrega documentación respaldatoria.
El Ministerio expresa que responderá caso por caso ,como lo hiciera con los exámenes preocupacionales. Estas serán respondidas de manera escrita, en el día de mañana.
La Gremial manifiesta que, procederá a retirar la respuesta el jueves 23 de agosto. Analizará cada uno y en aquellos, donde considere que se mantiene el no cumplimiento de los derechos, o no se aplique correctamente la Res. 233/98, llevará el reclamo ante los organismos correspondientes.
El Ministerio, con respecto a Nota N° 456/18, ratifica los términos de la Nota 224 de la Subsecretaría de Asuntos Institucionales, enviada el 17 de agosto del cte.-
La Gremial entrega anteproyecto elaborado en referencia a “reserva de cargos para docentes encuadrados en la Ley 5059, Resolución N° 2060/16 y Ley 5244.-
Sin mas, siendo las 17.00 hs firman al pie los/as presentes