En un fallo ejemplar que desestima la judicialización de la protesta y garantiza la libertad sindical, el Juez Federal Dr. Santiago Inchausti, consideró al accionar de los docentes imputados por su presencia en la Ruta 22 como integrantes de una protesta gremial. En ese sentido, la sentencia se funda en dos cuestiones fundamentales: el derecho de reunión y de petición, y la inexistencia de generar un peligro a terceros.
Este fallo incluye a más de cuatro causas que contiene la imputación de más de 30 trabajadores de la educación, incriminados por el supuesto "delito" de atentar contra la seguridad pública.
Desde el inicio de las causas, la organización sindical planteó estrategias políticas y legales. Esta última, se basó en la unificación de las mismas e insistió en el proceso que llevó a los docentes al conflicto. Hecho que con mucho criterio y justicia fue tomado por el Juez.
La sentencia finaliza: "En síntesis, bajo ningún punto de vista puede decirse que cientos de maestros reunidos pacíficamente sobre la ruta para hacer escuchar sus reclamos de mejoras salariales ante un gobierno que había cerrado todos los canales de diálogo, han cometido el delito que protege la seguridad de los medios de transporte, porque el impedir, estorbar o entorpecer el normal funcionamiento del transporte público busca atrapar conductas que, de algún modo, afecten ese bien jurídico".
La UnTER ve con beneplácito este fallo, que debe ser un horizonte para los gobiernos a la hora de atender los reclamos de los trabajadores.
30 de diciembre de 2009
Marcelo Nervi, Secretario General
Pedro Bichara, Secretario de Prensa
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