El plenario de Secretarias y Secretarios Generales de UnTER, reunido en Roca, el 12 de junio, en función de las múltiples interpretaciones que se dan sobre el día 15, define:
Independientemente de lo acordado y resuelto por las instituciones educativas, y en relación a la Resolución 913/09, donde la concurrencia se tiene que dar en el marco de lo pedagógico institucional, entendiendo como tal las actividades para la conmemoración de la fecha patria en cuestión, organizadas a tal efecto, y que estuviesen previstas de realizar en la fecha de efectivo
cumplimiento del feriado, el docente concurrirá a dicha jornada.
De no mediar actividad conmemorativa institucional programada, el docente deberá ser eximido de asistencia en función de los pactos nacionales e internacionales que legitiman derechos del trabajador respecto de laborar en estas fechas y transforman la exigencia de dictar clases con "normalidad" (carga laboral) en una medida coercitiva, o de castigo por haber ejercido su legítimo derecho a huelga.
En este sentido es que el Sindicato plantea el respeto por lo acordado en los ámbitos paritarios pertinentes con el Ministerio Provincial de Educación.
Dado que a la fecha el CPE a través de resoluciones, sigue manteniendo la existencia de dos calendarios, más allá de la solicitud de unificación por parte del sindicato en las distintas instancias de negociaciones, hubiese evitado situaciones conflictivas y de inequidad en el ámbito de las instituciones escolares y comunidad educativa.
Responsabilizamos al gobierno, "deslindando responsabilidades por las consecuencias que esto pueda acarrear, además de ratificar que la recuperación debe ser en función de los alumnos" ( Acta Paritaria del 30/04/09).
La comisión de seguimiento, una vez constituida, será la encargada de observar el cumplimiento de lo acordado en paritarias respecto de la readecuación del Calendario Escolar.
Roca, 12 de junio de 2009
Pedro Bichara, Secretario de Prensa
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