En este mismo espacio de análisis y debate de las normativas existentes en el sistema educativo, en el año 2015, se adjuntó un documento de análisis de este artículo, el 20°, del Reglamento de Licencias e inasistencias.
En esta oportunidad ese documento se encuentra ampliado a la fecha con la incorporación de notas emanadas desde las autoridades del Ministerio de Educación y lo que debe interpretarse. Es allí donde desde el sector legislación también aclaramos que corresponde y que no.