Carlos Alberto Pérez Figueroa

 

 

Carlos Alberto Pérez Figueroa, nació en Viedma el 6/09/45, fue secuestrado el 12 de mayo de 1979, en Capital Federal, junto con su esposa Mirta Silber, Jorge Víctor Szneider, Armando Malozowski y Jorge Pérez Brancato. Tenía 33 años.  

El 10 de mayo de 1979, entre las 22 y las 23 horas un grupo de personas armadas, pertenecientes a la delegación de la DIPBA de San Martín y a la comisaría 3ª de Villa Lynch, irrumpieron en el domicilio de la calle Monteagudo 13 de Villa Lynch, privando primero de la libertad a Luis Blas Beitone y luego a Omar Aquiles Iborra, siendo alojados en la comisaría de Villa Lynch sin registrarse sus ingresos. Fueron interrogados por personal policial y del ejército, y torturado Iborra; Beitone fue liberado al día siguiente y, ni bien sale, es privado nuevamente de su libertad por 3 o 4 personas de civil que lo introdujeron en un Ford Falcon lo trasladan, probablemente a Campo de Mayo, siendo torturado e interrogado sobre actividades políticas y sobre la hermana.

Así se obtuvieron datos de Noemí Graciela Beitone, quien fue secuestrada el 11 de mayo por personal de civil que se movilizaba en un Falcon blanco, al salir de su trabajo en Avda. Corrientes 4027 de Capital, siendo sometida a interrogatorios y torturada, obteniendo datos de sus compañeros con los que se encontraría al día siguiente. A partir de esta información el 12 de mayo a las 23:30, un grupo armado se presenta en el domicilio de la calle Ecuador 318 piso 3 depto. C de la Ciudad de Buenos Aires, secuestrando a Carlos Alberto Pérez, Mirta Silber de Pérez, Jorge Víctor Szneider, Hugo Armando Malozowski y Jorge Pérez Brancato, son torturados e interrogados en San Martín y luego llevados al destacamento de inteligencia 201 de Campo de Mayo, allí fueron torturados y permanecen desaparecidos.

El legajo 13.200 resulta suficientemente demostrativo del accionar y de la descripción de los hechos, pareciendo –como bien señalara el Fiscal- un verdadero sumario policial, en el que Bustos relata los hechos, los certifica con su firma y su sello, en una suerte de muestra de “eficiencia” hacia los militares de Campo de Mayo, en una época en la que ya las organizaciones habían sido diezmadas y que incluso en Campo de Mayo ya no funcionaba el gran centro clandestino de detención. Y para mostrar tal “eficiencia” se establece un “cuento”, como se expresa gráficamente en el propio documento, acerca de una supuesta pertenencia de los secuestrados al PRT ERP. En realidad el grupo constituía un taller literario. 

Información publicada en el documento del Centro de Información Judicial, del 7/06/12 sobre la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal No.1 de San Martín.


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