El 2012 marcará el 10º aniversario del Día Mundial contra el Trabajo Infantil. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) puso en marcha el primer Día Mundial en el 2002 como una manera de poner de relieve la difícil situación de los niños y niñas que trabajan. Este año, el centro de atención es el Derecho de todo niño y toda niña a tener protección contra el Trabajo Infantil y otras violaciones de los Derechos Humanos fundamentales.
Los Convenios de la OIT buscan proteger a niños y niñas de la exposición al Trabajo Infantil y han sido ratificados en nuestro país mediante la Ley de Contrato de Trabajo (artículos 187 a 195) y la Ley Nacional 26390 de “Prohibición del trabajo infantil y la protección del trabajo adolescente”.
El Convenio de la OIT Nº138 sobre la edad mínima de admisión al empleo, exige a los Estados Miembros que establezcan en su legislación una edad mínima legal de admisión al empleo, la cual no debe ser inferior a la edad en que cesa la educación obligatoria, y en todo caso, a 15 años.
El Convenio Nº 182 sobre las peores formas de Trabajo Infantil, exhorta a la adopción de “medidas inmediatas y eficaces para conseguir la prohibición y la eliminación de las peores formas de trabajo infantil con carácter de urgencia”.
Las peores formas de Trabajo Infantil abarcan:
Todas las formas de esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, como la venta y la trata de niñas y niños, la servidumbre por deudas y la condición de siervo/a, y el trabajo forzoso u obligatorio, incluido el reclutamiento forzoso u obligatorio de niños para utilizarlos en conflictos armados.
La utilización, el reclutamiento o la oferta de niños y niñas para la prostitución, la producción de pornografía o actuaciones pornográficas.
La utilización, el reclutamiento o la oferta de niños y niñas para la realización de actividades ilícitas, en particular la producción y el tráfico de estupefacientes, tal como se definen en los tratados internacionales pertinentes.
El trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños y las niñas.
Estos Convenios junto con otros instrumentos internacionales relativos a los Derechos del niño y de la niña, de los trabajadores y las trabajadoras y los derechos humanos, proporcionan un marco importante para la legislación establecida por los gobiernos. Sin embargo, las estimaciones globales más recientes de la OIT indican que en el mundo hay 215 millones de niños/niñas víctimas del Trabajo Infantil, y que más de la mitad están involucrados en sus peores formas. Estos niños y estas niñas deberían estar en la escuela recibiendo educación y adquiriendo habilidades que los preparen para acceder a un trabajo decente en su vida adulta. Al entrar en el mercado laboral prematuramente, se les priva de la educación y capacitación necesarias para que ellos y ellas, sus familias y sus comunidades salgan del ciclo de pobreza en que se encuentran. Los niños y las niñas que son víctimas de las peores formas de Trabajo Infantil se encuentran expuestos y expuestas a maltrato físico, psicológico o moral que puede causarles daños para el resto de sus vidas.
El Día Mundial contra el Trabajo Infantil promueve la toma de consciencia y la acción respecto a la lucha contra el Trabajo Infantil. Aunque sean los gobiernos los que deban tomar la iniciativa en la lucha contra el Trabajo Infantil, las normas de la OIT destacan el papel importante que deben desempeñar las organizaciones de empleadores, empleadoras y trabajadores, trabajadoras en el diseño y la ejecución de los programas de acción.
En este 12 de junio exhortamos a los trabajadores y las trabajadoras de la educación en distintos lugares de la provincia, a realizar actividades de sensibilización contra el Trabajo Infantil, como un componente esencial de la promoción y defensa del derecho a la educación.
Prof. Mirtha Noemí Sandoval
Referente Contra el Trabajo
Infantil de CTERA en Río Negro
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