Reglamento Interno

 

 

Recorrido histórico

En 1986, sucedía un cambio de conducción en la historia de nuestro sindicato. La conducción de Wenceslao Arizcuren, que dejaba por renuncias y conflictos internos. Se convocó de urgencia a elecciones y asumió, en Junio de 1986, la conducción encabezada por el compañero Héctor Roncallo quien, durante dos períodos (1986/1989- 1989/1992), llevó adelante el inicio y proceso organizacional de nuestros Jardines Maternales.

A diciembre del año 1986, no se hablaba de esa estructura escolar, por ello, fue innovador en nuestra provincia, propiciado desde la UnTER. En ese entonces funcionaban 315 secciones de Jardines de Infantes anexas a escuelas Primarias, sin conducción especializada directa y se observaba que los Jardines de Infantes Integrados surgían como una organización alternativa de la conducción de las secciones de Jardines de Infantes anexas a Escuelas Primarias. Esto determina la definición de “Jardines de Infantes Integrados” a las unidades educativas compuestas por secciones de jardines de infantes que funcionan en escuelas primarias y que tenían por sede alguna de ellas, tal cual reza en la Resolución 3305/86.

La UnTER propició, desde entonces, una fuerte participación de la organización sindical y especialmente en el Nivel Inicial con su activa discusión y concreción del Reglamento del Nivel, que fuera definido a través de la Resolución N° 828/87, el que se concreta en comisiones regionales de trabajo con los aportes de todas las instituciones; finalizando este proceso, en una Comisión Provincial para la redacción del mismo, cuyos representantes sindicales provinciales fueron las compañeras Liliana Llorente y Alicia Retamozo.

Cuando se establece la estrategia de que la organización sindical, propusiera el funcionamiento de los Jardines Maternales, se analizó y discutió un dispositivo organizacional que puso al servicio de la discusión política como se implementarían los mismos. En esa estrategia participó toda la conducción de ese entonces y sus ejecutores fueron, en forma conjunta, las Secretarías General, de Nivel Inicial y de Acción Social. La firma del primer convenio estableció “Entre el Consejo Provincial de Educación, representado para este acto por su presidente SERGIO MARIANO BARTOLOMÉ, en adelante “EL CONSEJO”por una parte y la Obra Social Sindical, administrada por la Unión de Trabajadores de la Educación de Río Negro, Un.T.E.R., representada por el Secretario General, Dn. HECTOR LUIS RONCALLO, en adelante la “OBRA SOCIAL” celebran el presente convenio sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERA: La Obra Social se compromete a disponer de una casa – habitación en la localidad de El Bolsón y otra casa – habitación en la localidad de Río Colorado, con comodidades edilicias, mobiliario y equipamiento adecuado para el funcionamiento de Jardines Materno Infantiles destinados a la atención de niños de 45 días a 4 años de edad, hijos de personal docente…”.

Este convenio dio origen al nacimiento de los Jardines Maternales. En la página 23 de la revista “Quimán” de Septiembre- Octubre de 1987- publicación de UnTER de esa época- da cuenta, en un artículo informativo a todos los afiliados, que desde el 1 de Agosto de ese año funcionaban los primeros Maternales en El Bolsón -N°1- y en Río Colorado -N°2-.

El entonces secretario de Acción Social Aníbal, Héctor Aman, explicaba, en el citado artículo, los orígenes de esta historia cargada de toda la emotividad en los esperados espacios educativos. Estos espacios se generaron no sólo por las definiciones políticas de la estructura sindical, sino que quedaron plasmados en dos convenios que fueron ratificados a través de las Resoluciones N° 2177/87 y 711/88.

El primero de ellos estableció que el personal docente dependería del propio sindicato y, luego de varios debates con las autoridades del Consejo Provincial de Educación, se logró, en lo referente al personal docente, que contara con las mismas condiciones para designaciones, antigüedad, licencias, supervisión, etc., igual que el resto de los Establecimientos Educativos oficiales. Este salto cualitativo para las docentes fue un importante paso y el sindicato se dedicó a acondicionar los espacios físicos, el crecimiento y dotar de insumos necesarios y suficientes para el óptimo funcionamiento de los Jardines Maternales.

Luego, por Resolución N° 712/88 se crea a partir de 1988 los Jardines Maternales de Catriel -N° 3-, Gral. Roca -N° 4-, y Allen -N° 5-. Este último nunca se puso en funcionamiento.

El crecimiento de Jardines Maternales impulsado por la UnTER obligó al Consejo Provincial de Educación a implementar una política de formación para docentes, preparadas y tituladas para la cobertura de dichos espacios pedagógicos. Por ello, en el año 1989 se dictó la Resolución 1484 por la cual se da inicio “al plan de estudios del curso de Post Grado de Especialización en Jardín Maternal” destinado a maestras de Nivel Inicial con prioridad para docentes en ejercicio en Jardines Maternales con Título del Nivel.

Posteriormente, por Resolución 4007/90 se deja sin efecto el Jardín creado para la Localidad de Allen, creándose en ese mismo acto los Maternales de Cipolletti -N° 5- y General Conesa -N° 7- que comenzaron a funcionar a partir del ciclo escolar 1991. El último Jardín Maternal de UnTER, fue instituido durante la gestión de la conducción del compañero Daniel Gómez, en el año 1995, por la Resolución N° 258/95 para comenzar a funcionar en ese ciclo lectivo en la localidad de Sierra Grande -N°11-.

Más tarde, en el año 1999, con poca participación sindical se dicta el Diseño Curricular del nivel para Jardines Maternales, en la Resolución N° 1831/99, que todavía sigue vigente a la fecha.

El funcionamiento de los Jardines Maternales contó en los inicios con un reglamento de funcionamiento para definir las particularidades desde la estructura sindical. Este Reglamento fue aprobado por primera vez en un Congreso en San Antonio Oeste el 3 de Agosto de 1990 y sucesivamente modificado y adecuado en momentos que se detallan a continuación:

Instancias en que el Reglamento fue modificado

  • Reglamento aprobado en el C Congreso Extraordinario de la Un.TER., San Antonio Oeste, 03 de agosto de 1990.

  • Modificatoria aprobada en el CXXXII Congreso Extraordinario de la Un.TER., Sierra Grande, 29 de octubre de 1993.

  • Modificatoria aprobada en el CLXVI Congreso Extraordinario de la Un.TER., Gral. Roca, 21 de febrero de 1997.

  • Modificatoria aprobada en el CLXXIV Congreso Extraordinario de la Un.TER., San Antonio Oeste, 15 de diciembre de 1997.

Fundamentación

La educación desde los primeros años de vida constituye equiparar puntos de partida, garantizar igualdad de oportunidades y posibilidades, lo que conlleva ofrecer una base segura respecto al logro de futuros aprendizajes en el marco de una trayectoria escolar completa. Supone construir las condiciones materiales, pedagógicas y didácticas necesarias para que todos/as los/as niños/as puedan apropiarse de los saberes que la escuela les ofrece, facilitando el acceso a la cultura y creando posibilidades para habitar el mundo.

En los Jardines Maternales se recibe a la protoinfancia, entendida ésta como el período rico en cambios biológicos, psicológicos, emocionales, afectivos, cognitivos, así como desde el punto de vista de la conducta social.

El término protoinfancia designa el período previo a los tres años, en el que se operan cambios vertiginosos, y al  mismo tiempo, se construyen los cimientos de la personalidad presente y futura. Seintegra por la existencia de ejes Organizadores del Desarrollo que, interactuando dialécticamente entre sí, aseguran y determinan la constitución de la persona como sujeto de la humanidad, en un proceso de adaptación activa y de intercambio entre lo interno y lo externo, relaciones sociales y culturales de extrema complejidad.

Sabemos que no queremos un niño/a  competitivo/a, exitista, rivalizando por ser el primero/a, temeroso/a del castigo, anhelante del premio, que piensa que identificarse es fundirse con el otro, es por ello que, de acuerdo y conscientes de nuestra rol de adultos/as asimétricos, de nuestra ratificación al respeto del/a bebé/a como  una persona completa siempre, creemos que este tipo de acompañamiento que proponemos en los Jardines Maternales de Un.TER dejan  huellas, no de 0 a 3 años como enuncian los programas de desarrollo sino de 0 a siempre.

Consideramos que estas Instituciones operan como matrices extrauterinas que acompañan y sostienen no sólo al/a niño/a sino también el entramado y complejo sistema familiar, convirtiéndose también en continente psíquico de tantas emociones primarias.

La educación del/a niño/a desde sus primeros años de vida en instituciones creadas para ellos/as, se ha transformado en una necesidad y un derecho tanto del niño/a como de su familia.

Es, en este sentido, que el Jardín Maternal de Un.T.E.R, como institución educativa, en un contexto social particular, fue construyendo un imaginario social y nació por la necesidad de acompañar a las madres que salían a trabajar. Pero hoy, estas Instituciones garantizan el derecho a la educación sistemática del niño/a desde la cuna, constituyéndose en una oportunidad para la primera infancia, y no sólo una solución para  madre/padre que trabaja. Materializándose en ellos, el inicio al derecho social a la educación y al carácter público del conocimiento.

Objetivos Generales

-- Construir la "Identidad sindical" de la Institución en una acción conjunta entre todos los actores intervinientes.

- Responder a las necesidades socio-económicas y culturales que motivaron su creación.

- Contribuir a consolidar la estructura sindical que propició su creación.

- Favorecer las posibilidades de desarrollo integral de los/as niños/as que a él asisten, respetando sus derechos y necesidades

Disposiciones Generales

  •  Ante medidas de fuerza dispuestas por el Sindicato el establecimiento suspenderá sus actividades.
  •  Será resorte de la/el directora/r en conjunto con el/a secretario/a general de la seccional la suspensión de las actividades diarias si las condiciones de seguridad e higiene no están garantizadas, debiendo informar a las autoridades del Ministerio, tal como lo especifica la normativa.
  • Cuando el padre/madre/tutor o responsable dejara de ser afiliado/a de Un.T.E.R, o fuera sancionado/a por la Junta de Disciplina del Sindicato, dejará de percibir los beneficios del Jardín Maternal en forma automática y sin necesidad de comunicación previa.
  • A partir de la vigencia de este Reglamento, el CDC de Un.TER suscribirá convenios con otras entidades gremiales para cubrir la matrícula en aquellos Jardines Maternales que no lo pudieran hacer con hijos/as, nietos/a o sobrinos/as de trabajadores/as de la Educación. En el mismo se establecerán las condiciones de ingreso y permanencia, respetando en un todo lo establecido en este Reglamento.

CAPÍTULO II

Integrantes de la Comunidad Educativa

Niño-Niña.

Fundamentación.

Los primeros años de vida del ser humano son fundamentales para el desarrollo futuro. El/a protoinfante se encuentra en un momento muy especial de su vida en el cual depende de la confianza y seguridad que le proporciona la familia y los/as adultos/as que, desde la institución, acompañan en la tarea educativa para lograr un desarrollo integral.

Al tomar las palabras del  psicólogo John Bowlby, en este origen biológico del apego, el/a niño/a se aferra a ese otro/a, solamente si lo ha reconocido como el/a que le procura placer. Define a este vínculo como “el resultado de un conjunto de pautas de conducta preprogramadas, que se desarrollan en el entorno de los primeros meses de vida y que tienen el efecto de mantener al niño/a en una proximidad más o menos estrecha con su figura materna”. Se trata de una interacción social, que alterna en su doble juego conexión – desconexión, con el fin de permitirle el contacto con el exterior desde una base segura.

Hablar del/a niño/a como sujeto significa pensar en una subjetividad en vías de constitución, remitiéndolo a su experiencia. Ese proceso de conformación de las subjetividades de los/as niños/as, de constitución de los modos de ser y de ver el mundo, se va dando entorno a un continuo movimiento activo y dialéctico de organización y significación de sus experiencias personales, vinculares y sociales, como escenario fundante donde comienza a inscribirse su historia como sujeto social y de conocimiento.

Más allá de los explicitados en el Reglamento General de Nivel Inicial, el niño, la niña tiene derecho a:

- Asistir a una institución donde el entorno y la ambientación sean agradables en un clima cálido y confortable, acorde a sus necesidades donde prevalezca el respeto mutuo y la solidaridad.

- Ser respetado/a en sus manifestaciones individuales, hábitos, costumbres y valores culturales del núcleo familiar.

- Ser acompañado/a en su desarrollo integro, respetando el nivel madurativo, las propias iniciativas y recibiendo oportunidades de aprendizaje.

- Satisfacer las necesidades básicas del cuidado de la salud, higiene y alimentación promocionando buenos hábitos alimenticios.

- Ser asistido por profesionales en caso de alguna dificultad, garantizando la utilización de los recursos con que la comunidad cuenta.

- Participar en juegos y momentos de recreación que den lugar a la creatividad y cooperación.

- Habilitar espacios de intercambio y compartir actividades con pares de otras instituciones.

Deberes y derechos de las madres, padres y adultos/as responsables.

Fundamentación

Es la familia la que naturalmente forma el entorno mayor, que junto con otros/as determinan lo que llamamos comunidad educativa.

La función de la familia es la crianza, entendida como el despliegue de acciones que favorecen que un sujeto se vaya constituyendo como tal. Estas acciones se dan en un marco de relaciones vinculares únicos y condicionantes para ese niño/a.

En el período inicial de la vida es cuando las prácticas de crianza adquieren fundamental importancia, ya que es el momento más crítico, no solo para el crecimiento físico y del desarrollo, sino también para la formación de las competencias cognitivas.

El Jardín Maternal realiza acciones de crianza y además efectúa aportes para “fortalecer” a las familias en esta función, acordando y sosteniendo, en conjunto, pautas al respecto.

Se considera primordial establecer vínculos con el grupo familiar y acordar criterios de crianza.

En esta comunidad se hace necesaria la interacción personal y el enriquecimiento de sus miembros, es donde se crean las condiciones para que el ser humano se descubra y crezca.

La figura de sostén de este niño-niña en crecimiento y desarrollo es la portadora de una cultura familiar que no le es ajena.

El acompañamiento del/a adulto/a que lo acerca al Jardín es de vital importancia, principalmente en el “Período de Inicio” ya que durante el mismo lo fundamental es establecer vínculos afectivos y colaborativos entre  niños/as y  trabajadores/as de la educación y entre estos últimos y las familias. Respetando los tiempos necesarios e individuales de  niños/as.

Más allá de los explicitados en el Reglamento General de Nivel Inicial, el padre, madre o responsable del niño/a tiene el deber y derecho a:

- Ser afiliado/a, respetando en un todo el Estatuto de la entidad.

- Conocer, antes de la inscripción, el Reglamento del Jardín Maternal y comprometerse a su cumplimiento, mediante conformidad expresa.

- Como integrante de la comunidad educativa, la familia tiene el derecho y el deber de intervenir en ella, de modo de acompañar las transformaciones del Jardín Maternal.

- En el indelegable ejercicio de la responsabilidad parental tienen la obligación de ayudar a crecer a sus hijos/as y contribuir al logro de los objetivos de la Institución.

- Tener garantizada la continuidad en el establecimiento, para su hijo/a, si son docentes activos y permanecen en el sistema o se mantienen las condiciones de ingreso en los siguientes ciclos lectivos. - Tener garantizada la continuidad en el establecimiento hasta la finalización del presente ciclo lectivo, para su hijo/a, cuando quede cesante o pierda su fuente laboral por razones de ajuste.

Corresponde a las familias:

- Informarse sobre fechas de inscripción, requisitos de ingreso y presentación de la documentación  correspondiente para el ingreso de su hijo/a al Jardín Maternal.

- Inscribir a los/as niños/as respetando los períodos de Inscripción que se establezca por Resolución en el Calendario Escolar y confirmarlo en el período correspondiente.

- Asegurar la asistencia regular de los/as niños/as, comunicando y justificando debidamente las faltas de asistencia y puntualidad.

- Comunicar al Jardín Maternal en el plazo de cuarenta y ocho horas si decide retirar definitivamente a su hijo/a del mismo, dejando constancia escrita de la liberación de la vacante.

- Comunicar cualquier inconveniente o duda que se le presente, en primer lugar al equipo directivo de la institución.

- Proveer los elementos personales necesarios para el niño-niña.

- Interesarse en forma permanente por la marcha del aprendizaje y maduración alcanzada por los niños/as teniendo libre acceso al legajo de los mismos.

- Comprometerse a arbitrar los medios necesarios para la búsqueda de soluciones a las dificultades que presentan en el desarrollo del niño/a.

- Participar del Período de Inicio y cada vez que la Institución lo requiera (jornadas, talleres…)

- Participar en las reuniones, entrevistas o convocatorias dispuestas por el Jardín Maternal.

- Trabajar solidariamente con otros padres/madres brindándole apoyo al establecimiento.

- Respetar los horarios de ingreso y egreso establecidos institucionalmente.

- Proporcionar los datos que el Jardín Maternal le solicitare en relación a los trámites en competencia:

a) Fotocopia de la partida de nacimiento.-

b) Certificado de buena salud.

c) Fotocopia D.N.I. (del niño/a y padre/madre/tutor/a)

d) CUIL

e) Fotocopia de la cartilla de vacunación.

   - Certificado buco dental a los/as niños/as de tres años.

f) Certificado de trabajo de los padres/madres/tutor/a en el que debe poseer: Turno,

carácter- horarios y situación de revista.

g) Carnet de afiliado/a

- Abonar la cuota correspondiente en término, descuento por recibo de haberes, completando y firmando las correspondientes autorizaciones en tiempo y forma.

- Controlar el pago de la cuota. En caso de no percibir el descuento deberá dar aviso a la Dirección del Jardín.

- Participar con el equipo docente y conducción de la seccional en la elaboración del Proyecto Institucional-político-sindical, de acuerdo con los principios, objetivos y pautas determinadas por el Sindicato.

- Cumplir y hacer cumplir el Reglamento en los términos del Art 6, inc. “e” del Estatuto de la Un.TER. En caso de recibir acusaciones explícitas y no cumplir con el mismo, el/la afiliado/a estará sujeto al proceso de investigación que determine la Junta de Disciplina del sindicato, quien resolverá a la brevedad su situación

Deberes y derechos de las/los Trabajadores de la Educación del Jardín Maternal.

Fundamentación:

-El/la niño- niña es el/la protagonista principal en el proceso de construcción de su aprendizaje. El/la Trabajador/a de la Educación, conociendo las características evolutivas y considerando la información familiar, acompaña y propicia situaciones que lo llevan a desarrollarse íntegramente no como individuo aislado, sino como parte de un todo social en busca de un camino de justicia e igualdad.

Más allá de los explicitados en el Reglamento General de Nivel Inicial, y las determinadas en el Estatuto de Un.TER:

- El/la Trabajador/a de la Educación deberá ser afiliada/o a la entidad sindical o afiliarse a la mayor brevedad posible.

- El/la trabajador/a de la Educación del Jardín Maternal deberá conocer este Reglamento antes de la toma de posesión de su cargo.

- Respetar en un todo los principios de la entidad sindical, comprometiéndose a llevar adelante su política, resuelta en los órganos de la Un.TER.

- Trabajar mancomunadamente con sus pares y la comunidad toda, en un clima basado en el respeto mutuo.

- Mantener y propiciar un ambiente adecuado a las necesidades del niño/a.

- Observar y detectar las dificultades que se presentan en los/as niños/as, comunicando las mismas a la familia y acompañándolas.

- Participar en el perfeccionamiento docente en el horario institucional.

- Elaborar el Proyecto Institucional-político-sindical (que debe contemplar los aspectos administrativos, pedagógicos, comunitarios, políticos, y  sindicales) con madres, padres, tutoras/as y conducción de la seccional del Sindicato. Remitirlo a la Supervisión del Nivel Inicial correspondiente y Conducción Central. Realizar su seguimiento en conjunto con dichos protagonistas.

- Ante medidas de acción directa, determinadas por  Congreso de UnTER, el Jardín Maternal permanecerá cerrado y los/as trabajadores/as de la Educación deberán adherir a las medidas determinadas en ellos.

Deberes y derechos del Personal Auxiliar de Servicios Generales

Fundamentación

El personal auxiliar de servicios generales como integrantes de la comunidad educativa, deberá conocer las prácticas pedagógicas del Jardín Maternal, con el fin de respetarlas y acompañar a las/os niñas/os, en la vida cotidiana, contribuyendo al logro de los objetivos planteados por la Institución. Es decir: saber escucharlos/a, respetarlos/as, tratarlos/as, saber cuándo intervenir, permitiéndole libertad de movimientos para su autonomía.

En el ámbito de sus funciones específicas, es el que posibilita que las tareas puedan ser desarrolladas en un ambiente de orden e higiene.

Corresponde al Personal  Auxiliar de Servicios Generales:

- Coordinar sus horarios durante el Ciclo Lectivo y el período de Vacaciones con el Equipo Directivo.

- Firmar diariamente planilla o libro de asistencia.-

- Mantener limpias las instalaciones (interior y exterior), ropas de cuna, toallas, juguetes y materiales de trabajo.

- Efectuar diariamente el barrido y limpieza escolar.

- Ordenar las instalaciones para asegurar un mejor funcionamiento institucional.

- Efectuar en el período de receso institucional o cuando se le requiera, la limpieza general y desinfección en los locales de los jardines así como los lugares de juego del patio, coordinando estas acciones con el Equipo Directivo.

- Hacer el relevamiento de alimentos y artículos de limpieza, informando con tiempo al equipo directivo de las necesidades.

- Preparar desayuno, merienda, mamaderas y refrigerio, colaborando también en los proyectos institucionales.

-Brindar los elementos de desayuno- merienda para favorecer a la autonomía.

- Distribuir y retirar los mismos.

- Participar de las reuniones que hacen a la organización institucional.

 

Roles y funciones del Equipo de Conducción.

Más allá de los explicitados en el Reglamento General de Nivel Inicial, y las determinadas en el Estatuto de Un.TER:

- Realizar la inscripción, según el presente Reglamento en el tiempo indicado por Calendario Escolar

- Confeccionar las listas de los/as niños/as ingresantes con la Conducción de la Seccional.

- Administrar con responsabilidad los fondos del Jardín Maternal.

- Realizar la contabilidad de la caja chica.

- Explicitar a la conducción con anticipación las necesidades edilicias, de equipamiento, de material didáctico, etc, a fin de resolver las mismas sin interferir en la actividad pedagógica.

- Realizar las compras de uso cotidiano buscando los mejores precios.

- Consensuar con la conducción de la seccional las compras del material de gran erogación que necesita el Jardín Maternal.

- Consensuar aquellos proyectos pedagógicos que produzcan erogación significativa en la cuenta Jardín Maternal

- Compartir con la conducción de la seccional el PCI de la Institución y construir colectivamente el PEI de la misma.

- Articular acciones con la conducción de la seccional en bien de la entidad gremial y del Jardín Maternal.

- Elevar a Un.TER Central las mismas solicitudes que se envían a la DEI y a la SEI para acompañar los pedidos (creaciones de cargos, presentación de proyectos, tiempo sin niños/as en cada turno escolar...).

- Hacer firmar el cuaderno de retiro cuando los/as niños/as egresan del jardín antes del horario habitual, constando el respectivo motivo del mismo.

- Actuar como nexo entre  afiliados/as y Un.T.E.R.

Roles y funciones de la Conducción de Seccional.

- Supervisar las compras y los gastos realizados en el Jardín Maternal.

- Confeccionar las listas de los/as alumnos/as ingresantes, junto con la Dirección del Jardín Maternal.

- Concurrir al Jardín Maternal para interiorizarse de todas las necesidades del mismo y dar respuesta a ellas según las prioridades acordadas.

- Concurrir al Jardín Maternal para acercar la información procedente del sindicato.

- Participar de Jornadas institucionales, reuniones de personal y de madres/padres/tutores/as, en fiestas, actos del Jardín Maternal, en la medida de sus posibilidades.

- Articular acciones con Equipo Directivo en bien de la entidad sindical y del Jardín Maternal.

- Hacer que el Jardín Maternal sea un nexo de comunicación directamente entre el sindicato y  padres, madres y adultos/as responsables afiliados/as.

- Abonar impuestos, gastos de alimentación, de limpieza, de material didáctico con la cuenta Jardín Maternal.

- Tener comunicación previa con el Equipo Directivo del Jardín Maternal, sobre posibles decisiones a tomar respecto al Personal de Servicios Generales.

Capítulo III

Organización y Administración Educativa

Fundamentación

Los requisitos organizativos y técnicos pedagógicos deben asegurar a los/as niños/as, las mejores condiciones para su desarrollo, adecuadas posibilidades laborales al/a docente y garantizar la integración familiar a la Institución.

Manejo de Fondos del Jardín Maternal

- Las cuotas que aportan padres/madres/tutores/as de los Jardines Maternales, son para ser usadas para su funcionamiento.

- Las cuotas deben ser depositadas en una cuenta especial cuyos firmantes, de acuerdo al Estatuto, son el/a Secretario/a General, de Finanzas y el de Acción Social de la seccional respectiva.

- El Jardín Maternal debe contar con una caja chica para los gastos diarios y/o imprevistos cuyo responsable es el equipo directivo, que deben rendir mensualmente a los responsables de la seccional y ésta a Central a mes vencido.

- Los gastos fijos mensuales de alimentación, material didáctico, previsión de arreglo menores y pago de servicios se organizarán mediante la confección de presupuestos anuales. En cada período se realizará una compra centralizada de material didáctico y de librería, quedando a cargo de la Institución la compra de material de uso cotidiano.

- No se podrá dar un destino diferente a los fondos, que el establecido en el presupuesto anual, salvo expresa autorización del Consejo Directivo Central.

- En caso de no prestarse el servicio de Jardín Maternal, por fuerza mayor, por medidas dispuestas por el Sindicato o por cualquier otra razón, padres/madres/tutores no podrán reclamar la devolución de las cuotas pagadas, las que serán destinadas a proyectos institucionales del jardín.  

Inscripciones

La Pre-inscripción se hará en la fecha que determine el calendario escolar, en función de la normativa del CPE. Momento en que se dará a conocer el Reglamento del Jardín Maternal, prestando conformidad expresa del contenido del mismo.

Con posterioridad a la Asamblea Presencial de designación del personal, en el mes de Febrero, se realizará la confirmación definitiva y la inscripción de los/as niños/as que no hayan sido inscriptos a fin del ciclo lectivo anterior y los/as que hayan nacido con posterioridad al periodo de inscripción. Luego de ello se podrá proceder a extender el período de inscripción, en caso de existir vacantes, de afiliadas/os a Un.TER u otros sindicatos.

Prioridades para el ingreso.

-Los/as niños/as que integran el Jardín Maternal, deben ser hijos/as de afiliados/as a la Un.TER o quienes ostenten los derechos y obligaciones derivados de la responsabilidad parental, también afiliados/as. En caso de matrimonio, que sean trabajadores/as de la educación, ambos/as deben estar afiliados/as, con una antigüedad de seis meses de aportes efectivos.

-Los/as niños/as que fueron admitidos/as en el Jardín y cuyos padres/madres/tutores/as permanentes permanecen en el sistema con la misma carga laboral por la cual ingresaron, tienen garantizada la continuidad en el establecimiento en el siguiente ciclo lectivo, siempre que cumpla durante el año en curso con un cargo o 18 horas de Nivel Medio.

-Antes del período de inscripción se confirmará la continuidad de los/as niños/as del Jardín Maternal para el ciclo lectivo siguiente, al sólo efecto de prever las vacantes a cubrir para el año próximo, lo que no le invalida la obligación de confirmación en el mes de febrero, con la actualización de su certificación de servicios en la que deberán constatar el turno, carácter, cantidad de horas, detallando días y horarios en caso de Nivel Medio.

-En caso de solicitar cambio de turno, deberán contar con la certificación que avale tal pedido y tener en cuenta que exista la vacante. Debiendo respetarse el turno donde el/la afiliado/a tenga la mayor estabilidad laborar.

- Los/as niños/as del Jardín Maternal cuyos padres/madres/tutores/as legales permanentes queden cesantes o pierdan su fuente laboral por razones de ajuste, no perderán el lugar adquirido en el establecimiento durante ese ciclo lectivo.

- A los/as niños/as recién nacidos/as, se les irá dando ingreso de acuerdo al momento que la figura parental a cargo comience a trabajar.

En el momento de la inscripción se acreditará la situación laboral del/a postulante, a fin de consignar el orden de prioridad de ingreso según los criterios que a continuación se señalan:

1. Niño/a en situación de discapacidad de padre/madre/tutor/a legal (con documentación que lo acredite) afiliado/a.

2. Hijo/a de madre/padre/tutor/a legal (con documentación que lo acredite) trabajador/a de la educación del establecimiento, que tenga estabilidad en el año en curso y sea afiliado/a o se afilie durante el primer mes de trabajo.

3. Hijo/a de madre/padre/tutor/a legal (con documentación que lo acredite) trabajador/a de la educación afiliado/a solo/a, a cargo del niño/a, sostén de familia

4. Hijo/a de ambos padres trabajadores de la educación afiliados con una jornada laboral superior a las 6 horas reloj o su equivalente en hs cátedras.

5. Hijo/a de ambos/as padres/madres trabajadores/as de la educación afiliados/as; madre/padres/ tutor/a legal (con documentación que lo acredite) trabajador/a de la educación con una jornada laboral superior a las 6 horas reloj o su equivalente en horas cátedras y madres/padre/tutor/a legal en una función.

6. Hijo/a de ambos padres/tutor legal (con documentación que lo acredite) trabajadores de la educación afiliados ambos en una función.

7. Hijo/a de madre/padre/ tutor/a legal (con documentación que lo acredite) trabajador/a de la educación afiliado/a con una jornada laboral superior a las 6 hs reloj o 40 hs cátedras y madre/padre no docente.

8. Hijo/a de madre/padre/ tutor/a legal (con documentación que lo acredite) trabajador/a de la educación afiliado/a con una función y madre/padre no docente.

9. Hijo/a de madre/padre/ tutor/a legal (con documentación que lo acredite) trabajador/a de la educación afiliado/a, de Nivel Medio con menos de 18 hs. cátedras o Maestro/a Especial de Nivel Primario/Inicial, Especial y Adultos.

10. Nieto/a de afiliado/a.

11. Sobrino/a de afiliado/a.

12. Hijo/a de afiliados/as a entidades de la CTA y CTERA con convenio.

13. Hijo/a de afiliados/as a otros sindicatos con convenio.

14. Otras situaciones o excepcionalidades serán analizadas por el C.D.C o en Congresos de la entidad sindical.

Confección de las listas para el ingreso.

Las listas se confeccionarán luego del período de confirmación indicando primeramente los niños/as que continúan del ciclo lectivo anterior, luego los/as confirmados/as y finalmente los que no fueron confirmados/as.

Una vez elaborada la lista si existiera igualdad en el orden de prioridades se contemplará:

a) Hermanos/as de niños/as que concurren al Jardín Maternal.

b) Antigüedad en la afiliación al sindicato.

Requisitos de Permanencia de Alumno/a

No podrá asistir ni permanecer en el Jardín Maternal el/a niño/a afectado por enfermedades infecto-contagiosas, ni afecciones consideradas impedimentos, como tampoco el/a que no haya cumplido las inmunizaciones según las normas vigentes establecidas por la Secretaria de Salud Pública y/o los organismos que lo reemplacen.

Para su reincorporación será requerido el certificado que acredite el alta médica.

Cuando la familia comunique la decisión de retirar definitivamente al niño/a de la Institución, lo deberá hacer mediante nota expresa y allí el establecimiento Educativo le dará de baja automáticamente.

Conformación de los Grupos

La conformación de los grupos, así como la disponibilidad de las vacantes se realizará de acuerdo a la normativa vigente del CPE, Res. Plantas Orgánicas Funcionales del Nivel Inicial y Criterios Pedagógicos y Físicos del Nivel.

En caso de niños/as en situación de discapacidad, será uno por sala disminuyendo la cantidad establecida en los grupos.

El ingreso de los/as niños/as en la sala de lactarios, será de acuerdo al régimen de licencia de la figura parental.

Observaciones

- Teniendo en cuenta que el Jardín Maternal ofrece un medio propicio para la atención a la primera infancia, favoreciendo un proceso que posibilita el desarrollo de las capacidades funcionales del niño/a en situación de discapacidad, es que se lo considera en el primer orden de prioridades, contando con los siguientes requisitos:

1) Diagnóstico preciso de un equipo especializado que explicite grado y características de la discapacidad, tendiéndose en lo posible que el niño/a esté incluido/a en el Espacio de Atención Temprana de la Escuela Especial (en el caso de existir) para contar con el asesoramiento necesario.

2) La trayectoria del niño/a será acompañada por un equipo conformado por ETAP y Educación Especial.

- Respetando los principios fundacionales de los Jardines Maternales del sindicato cabe mencionar que los nietos/as, sobrinos/as o hijos/as de afiliados/as a otros sindicatos no tienen garantizada la continuidad en los ciclos lectivos siguientes. Todo quedará supeditado a las vacantes, considerando el orden de prioridad establecido anteriormente.

Capítulo IV

Ciclo lectivo del Jardín Maternal

Iniciación y Finalización

El Ciclo Lectivo del Jardín Maternal será coincidente con la fecha establecida por el Consejo Provincial de Educación para la Educación Inicial, de acuerdo al Calendario Escolar.

- El Jardín Maternal determinará el horario de funcionamiento de cada turno, garantizando el cierre de la Institución entre el horario de finalización del turno de la mañana y el inicio del turno tarde, a fin de cumplir con la higiene del local.

 

CCCXVI Congreso Extraordinario de la UnTER, Las Grutas, 4 de diciembre de 2015