Información general sobre medidas preventivas indicadas y dispuestas por la Superintendencia de Riesgo de Trabajo a través de la Resol. SRT 29/20.
Establece que todo empleador según tipo la actividad debe establecer un protocolo de actuación ante CoVID 19; Medidas de prevención en concordancia con los objetivos de la LRT 24.557.
Acorde a lo dispuesto por la ley 19.587 de higiene seguridad en el trabajo comprende las normas técnicas y medidas precautorias que tengan por objeto prevenir, reducir, eliminar o aislar los riesgos en el trabajo.
Se establece que las ART deberán instrumentar, las herramientas para difundir y notificar a los empleadores.
El Decreto 367/2020, señala en su Art. 1 “la enfermedad COVID-19 producida por el coronavirus SARS-CoV-2 se considerará presuntivamente una enfermedad de carácter profesional -no listada- (…) y en su Art. 2 indica “Las ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.) no podrán rechazar la cobertura de las contingencias (…) “
5 de mayo de 2020
Claudia Ascencio, Secretaria de Salud en la Escuela
Viviana Orellano, Secretaria de Prensa, Comunicación y Cultura
Patricia Ponce, Secretaria Gremial y de Organización
Silvana Inostroza, Secretaria Adjunta
Sandra Schieroni, Secretaria General
Adjunto | Tamaño |
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Resolución 29-2020 SRT COVID 19.pdf | 212.29 KB |
Anexo I res. 29-2020 afiche medidas de prevención COVID - 19 (1).pdf | 1.02 MB |